Divendres, 29 de març de 2024



Castellano  


Un estatuto para el mundo de la cultura. La Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad, el pasado 21 de junio, el informe para la elaboración de un estatuto del Artista
cedro20/7/2018



(Foto:)
 

La Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad, el pasado 21 de junio, el informe para la elaboración de un estatuto del Artista. En este texto se recogen propuestas en materia laboral, legal y fiscal, dirigidas a los autores, artistas y trabajadores de la cultura.


Estas recomendaciones son el resultado de casi dos años de trabajo por parte de una subcomsión, creada por el Congreso, para elaborar este informe. A modo de directrices, estas indicaciones deberían marcar el camino de las futuras modificaciones legislativas necesarias para conseguir un marco que haga sostenible la actividad cultural.


Tal y como se recoge en el informe: «... los artistas, creadores y trabajadores culturales viven una realidad laboral intrínsecamente distinta a la de otros colectivos, y es de justicia que la sociedad lo reconozca y lo tenga en cuenta a la hora de legislar. Ocurre con otros colectivos y en ningún caso se trata de privilegiarlos, sino de reconocer las especiales circunstancias en las que se desarrolla su tarea.»


Fiscalidad. El fin de esta serie de propuestas es modernizar y actualizar la fiscalidad de los colectivos a los que va dirigido el Estatuto.


Protección laboral y Seguridad Social. Las recomendaciones en este ámbito pasan por, entre otras, adaptar los mecanismos de cobertura social a la especificidad profesional y reformar el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo.


Compatibilidad de prestaciones públicas con ingresos por derechos de propiedad intelectual y actividades creativas. El Estatuto asume la Proposición No de Ley, aprobada por el congreso el 17 de marzo de 2016, que instaba al Gobierno a:


«...modificar la actual legislación sobre compatibilidad entre la percepción de la pensión de jubilación y la obtención de ingresos, sin que se diferencie por el origen de los mismos, con el objeto de hacer compatible el cobro de derechos de autor y la percepción de la pensión de jubilación, contemplando no solo los casos que reciben la pensión contributiva sino también, y muy en especial, la de aquellos creadores más vulnerables y que reciben una pensión no contributiva.»


Desde CEDRO, y también mediante nuestra participación en la Plataforma Seguir Creando, estamos trabajando para conseguir que esta plena compatibilidad sea una realidad lo antes posible para los autores.



   
Vídeo destacat

 
Presentació del llibre 'Atreverse a saber'

[+] Vídeos

 

 

 

 

¿Vols rebre el butlletí electrònic de l'ACEC?

 

 
 
 

PATROCINADA PER

Pagina nueva 2