Dijous, 28 de març de 2024



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El Estatuto del artista, un feliz acontecimiento. Las 75 medidas aprobadas son el final de un proceso difícil, complicado, que se ha materializado gracias a la cultura organizada y en el que se ha puesto de relieve el valor de las organizaciones profesionales
acec18/1/2019



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La aprobación, en el último Consejo de Ministros de 2018, del Real Decreto por el que se ponen en marcha actuaciones que desarrollan el Informe aprobado por el Congreso de los Diputados sobre el Estatuto del Artista es todo un acontecimiento. El Decreto ha supuesto la concreción de parte de las 75 medidas planteadas en el documento que aprobó la Cámara el pasado mes de septiembre y un primer paso para hacerlo realidad integra en un futuro próximo.


El Estatuto del artista, un feliz acontecimiento Los artistas podrán seguir cotizando durante los periodos de inactividad
Junto a la aprobación de medidas como la bajada del IVA a los servicios prestados por autores y creadores a productores y empresarios del 21% al 10%, la reducción en cuatro puntos porcentuales en la retención del IRPF a los rendimientos del capital mobiliario procedentes de la propiedad intelectual cuando el contribuyente no sea el autor, la inclusión de los artistas en la Seguridad Social en sus períodos de inactividad, y la protección de la trabajadora cultural embarazada o en periodo de lactancia, que tendrán aplicación en un plazo breve, se contempla la satisfacción de la demanda de mayor repercusión mediática del mundo de la cultura, especialmente de los escritores y, en general, de los autores titulares de derechos. Se trata del reconocimiento de la compatibilidad entre la pensión de jubilación y los rendimientos derivados de la propiedad intelectual (esencialmente, los derechos de autor). Aunque el Real Decreto prevé su concreción mediante un reglamento a aprobar en un plazo máximo de seis meses, es previsible que, dada la situación que viven los autores sancionados, tal Reglamento sea elaborado y aprobado en un plazo más corto.


La propiedad intelectual ha de ser considerada como un bien patrimonial. Su tratamiento ha de ser de una singularidad extrema
A partir de ese momento tendrá su desarrollo el Artículo 213 de la Ley General de la Seguridad Social regulando la “compatibilidad de la pensión de jubilación con las actividades de aquellos profesionales dedicados a la creación artística que perciban por esa actividad derechos de propiedad intelectual” y quedaría resuelto, en lo esencial, el problema: crear después de la jubilación ya no entraría en colisión con la situación jurídica de pensionista (gran parte de los escritores jubilados lo son por haber cotizado en profesiones no directamente literarias: funcionarios, profesores, empleados administrativos…), con lo que nos equipararíamos a los países más avanzados de la Unión Europea en este terreno (Francia, Alemania, Holanda, Suecia, Italia, Portugal entre ellos) y la sociedad española no se vería privada de la aportación de numerosos autores en una etapa de la vida en la que la mezcla de experiencia y tiempo disponible pueden ofrecer los mejores frutos de la creación intelectual a una sociedad moderna y democrática como la España del siglo XXI. Parece obvio que el mismo tratamiento habrá de aplicarse (así lo recoge con claridad el Informe del Estatuto del Artista) a las pensiones de invalidez y a otras prestaciones públicas, algo que ha de clarificarse en los próximos meses.

Un capítulo lamentable
Se cerraría así un capítulo lamentable de nuestra reciente historia iniciado en el verano de 2015 a partir de las denuncias de un grupo de autores de distintas disciplinas tras la comunicación por parte de la Inspección de la Seguridad Social de que iban a ser sancionados (lo fueron) con la devolución de varios años de pensión y con la suspensión del cobro de la misma, aparte de otras penalizaciones; un capítulo que ha contado con un ingrediente esencial: la solidaridad del mundo de la cultura y la respuesta colectiva, organizada de las distintas entidades del sector, comenzando por la Asociación Colegial de Escritores, que se concretó en la Plataforma Seguir Creando y en el desarrollo de una intensa y sostenida campaña en defensa de los autores y en demanda de la compatibilidad plena.

A los 70 años de la muerte de su autor, toda obra pasa a dominio público, algo que no ocurre con ninguna otra propiedad y que conviene subrayar para evitar incomprensiones
Todas las fuerzas políticas, el Defensor del Pueblo, el presidente del Congreso de los Diputados, la Comisión de Cultura del congreso en pleno, altos cargos del anterior y del actual gobierno, los sindicatos y otros sectores vinculados al mundo de la cultura prestaron su apoyo a la demanda de los autores y de Seguir Creando hasta el extremo de constituir la Subcomisión para el Estatuto del Artista que elaboró el informe que aprobó el Congreso de los Diputados y que ha servido de base al Decreto.. Aunque éste prevé que la compatibilidad vaya aparejada con una “cotización de solidaridad del 8% de los ingresos”, el salto cualitativo que se da en relación con la situación anterior y actual es más que notable. A ese respecto es preciso destacar que la propiedad intelectual ha de ser considerada como un bien patrimonial. Que su tratamiento ha de ser de una singularidad extrema, similar al de las rentas mobiliarias o inmobiliarias, con una diferencia fundamental: a los 70 años de la muerte de su autor, toda obra pasa a dominio público, es “devuelta a la sociedad”, algo que no ocurre con ninguna otra propiedad y que conviene subrayar para evitar incomprensiones.

Ha sido un proceso difícil, complicado, que se ha materializado gracias a la cultura organizada, en el que se ha puesto de relieve el valor de las organizaciones profesionales cuándo sitúan en el centro de sus preocupaciones la defensa de los derechos de los creadores. Sin ACE, y sin VEGAP, sin CEDRO, sin SGAE, sin JAM, sin FEMA, sin ALMA y sin el resto de las entidades integradas en la Plataforma Seguir Creando nada de lo que recoge el Real Decreto hubiera sido posible. Los autores afectados habrían batallado individualmente con muy escasas posibilidades de que sus reivindicaciones fueran atendidas. Estos primeros pasos del Estatuto evidencian la enorme importancia de la organización autoral. Sin autores no hay cultura y sin cultura una sociedad es democráticamente más frágil y más permeable a las amenazas de la irracionalidad y el autoritarismo.

Sin autores no hay cultura y sin cultura una sociedad es democráticamente más frágil y más permeable a las amenazas de la irracionalidad y el autoritarismo
Es evidente que la creación es un proceso radicalmente individual. Eso es aún más claro en el caso de los escritores y traductores. Ese individualismo (al autor le basta un lápiz y un papel o un ordenador para crear) condiciona, incluso dificulta la respuesta colectiva ante los problemas que al escritor (al autor) afectan. Pero la lección que cabe extraer de estos tres años largos de movilización es doble: la necesidad de reforzar el asociacionismo de los profesionales de la cultura, y la certeza de que no hay objetivo, por imprescindible que se considere, que se logre sin su actuación sostenida y rigurosa.

Mientras llega el desarrollo reglamentario de la compatibilidad, es necesario que el gobierno adopte medidas que supongan la suspensión inmediata de las sanciones. Sería un contrasentido que se mantuvieran a la vez que todas las fuerzas políticas y el propio gobierno de la Nación plantean modificar a fondo la legalidad en que se basaron. Hoy estamos más cerca del objetivo central de Seguir Creando. Es preciso prestar atención a los próximos pasos del Ejecutivo. La gratitud y el reconocimiento a su iniciativa no pueden excluir las imprescindibles dosis de exigencia hacia los compromisos adquiridos.


Manuel Rico
El País



   
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