Dijous, 28 de març de 2024



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Todos los partidos quieren que los creadores jubilados puedan trabajar y cobrar la pensión.
acec16/6/2018



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Un informe para la elaboración del Estatuto del Artista, apoyado por un consenso unánime, pide al Parlamento tutelar a los precarios de la cultura. Tras la luz de las estrellas de la cultura, trabaja en la sombra una marea humana. Una mayoría silenciosa, pero imprescindible para que Pablo Alborán llene un estadio o Nuria Espert enamore los escenarios. Y, en general, para que la cultura española siga pensando y creando. Los tapados de las artes no pisan las alfombras rojas y el público nunca los reconocería. Pero, desde hoy, el Congreso sí quiere hacerlo: tener en cuenta que su sueldo y trabajo van y vienen; dejar que un autor jubilado pueda escribir y recibir a la vez la pensión; facilitar el cobro de la prestación por maternidad o de riesgo por embarazo para las artistas intermitentes; o permitir que la afonía sea razón de baja para un cantante.


Todo ello aparece en los 75 puntos del informe que la Subcomisión para el Estatuto del Artista ha presentado hoy en el Congreso. Termina así un trabajo empezado en febrero de 2017, con el objetivo de reconocer las especificidades del empleo cultural, su esencia intermitente, y ofrecer soluciones para tutelar a tantos creadores y trabajadores precarios, autónomos en su mayoría: entre 200.000 y un millón, según distintas estimaciones. Aunque otro periplo empieza: el que va desde el informe hasta cambiar la ley.


“Puede ser un gran día para la cultura”, defendió Félix Álvarez, diputado de Ciudadanos y miembro de la comisión. Una hipótesis, en lugar de una certeza. Porque el documento representa "una agenda legislativa", explicó Eduardo Maura, portavoz de Cultura de Podemos. Es decir, solo una hoja de ruta para el Parlamento. Aunque hay razones para el optimismo. Ante todo, el informe incluye declaraciones de intenciones pero también medidas específicas, que aclaran qué ley (la de IRPF, de Enjuiciamiento Civil...) o real decreto modificar y cómo. Hay incluso puntos que tan solo precisan de la acción del Gobierno. Y, además, el texto sale de un consenso casi inaudito: todos los grupos han participado en él, discutido, peleado y decidido votar a su favor, el jueves 21 de junio, en la Comisión de Cultura. Es presumible que el Pleno del Congreso siga el ejemplo, de ahí que algunos diputados confíen en que al menos una mínima parte del pacto esté en vigor en enero de 2019. 


Las “propuestas y recomendaciones” se centran en 20 folios y tres apartados: fiscalidad, protección laboral y Seguridad Social, y compatibilidad entre la pensión y los ingresos por derechos de propiedad intelectual y actividades creativas. Antes, el texto deja claros sus destinatarios: “Quien crea la obra y para hacerlo debe formarse e investigar, quien diseña el escenario, quien lo ilumina, quien escribe la música y quien la ejecuta, quien la promueve, quien ilustra un poema y quien lo recita, quien comisaría el conjunto, quien lo hace llegar al público y, en general, quien sostiene o gestiona todo el proceso con su trabajo visible, invisible, o ambos a la vez”. Todos ellos, según el informe, son “indispensables” para la cultura.


En cuanto a la fiscalidad, el documento deja claro que “el trabajo cultural no es solo la presentación en público de un hecho”, sino que abarca el periodo de tiempo a su alrededor. Por ello, propone que los empleados culturales tributen según una media de los ingresos de los últimos tres o cuatro años, para compensar que hay épocas de agenda llena y otras donde el teléfono nunca suena. También pide autorizar la deducción de gastos en formación, en instrumentos, vestuarios y herramientas de su trabajo y en honorarios y comisiones a representantes y agentes —que suelen suponer “el 20% de los ingresos brutos” de un creador—. Finalmente, se recomienda que “toda la cadena de valor de la actividad artística” tribute con el IVA reducido (actualmente el 10%), y que los intermitentes culturales puedan beneficiarse de la exención de un 30% en el IRPF, que ya se concede a las rentas irregulares. El documento pretende también que se forme más especificamente a los inspectores y empleados de Hacienda sobre los trabajadores culturales y sus características.


El apartado de protección laboral y seguridad social, el más largo, pide, sobre todo, “adaptar el sistema de prestaciones a la realidad del trabajo cultural y su intermitencia, en especial la prestación por desempleo”, aunque también la maternidad o paternidad. “Actualmente se deniega la prestación de riesgo por embarazo a la trabajadora de la cultura si el parto se produce al día siguiente de una baja en la Seguridad Social”, agrega el documento, que exige más flexibilidad. No hay, eso sí, nada parecido al subsidio que Francia ofrece a sus intermitentes para compensar los periodos de paro, y que muchos precarios españoles deseaban: 10.692 euros, siempre y cuando hayan trabajado al menos 507 horas durante 12 meses consecutivos. Se descartó por la "imposibilidad de encontrar su encaje en la legislación española", defiende Maura.


El texto invita a armonizar las distintas categorías artísticas bajo un mismo paraguas de cara a Hacienda, para evitar lo que relató el escritor Lorenzo Silva ante la Comisión de Cultura: “Me tuve que dar de alta en el apartado de pintor, escultor o ceramista”. Y señala la necesidad de que se reconozcan como “enfermedades profesionales” todas aquellas que impiden el trabajo de un artista. Se busca además facilitar la representación sindical de los creadores, ya que actualmente se exige un mes de antigüedad en una empresa para votar y seis para optar a la elección, algo a menudo ajeno para los precarios culturales. Otro pilar del mismo plan es aumentar la capacidad negociadora de sindicatos y asociaciones representativas de artistas autónomos frente a las empresas. 


A los bailarines, entre otros, que terminan su carrera a los 35 años y se arriesgan a quedar en exclusión social el informe promete formación, asesoría y un organismo ad hoc para reintegrarlos en el mercado. Y también plantea ampliar de 21 a 26 los años útiles para calcular su pensión: se busca así evitar que cuente excesivamente la última parte de su carrera, cuando, por el paso de los años, algunos podrían trabajar menos y con ingresos más reducidos. 


Por último, cinco páginas destacan la urgencia de que los creadores jubilados puedan recibir la pensión (ya sea contributiva o no, o de incapacidad permanente) y a la vez seguir ejerciendo su profesión artística, cobrar por ella y por los derechos de propiedad intelectual. A cambio, un 8% de los ingresos por su actividad profesional se destinará a la Seguridad Social. "No debería obligarse a este colectivo a escoger entre perder el cobro de sus prestaciones públicas o seguir en activo", reza el punto 64. Actualmente, la única opción legal para estos creadores es renunciar al 50% de su pensión, de ahí que algunos opten por recibir pagos en b o en especie. Para sustentar su tesis, el documento señala casos comparables, como “el profesorado universitario emérito” o el “personal sanitario licenciado emérito”, así como el beneficio para la sociedad, por la madurez de los autores y porque sus obras buscan, al fin y al cabo, ser difundidas entre la ciudadanía. Años después, además, entrarán a formar parte del dominio público. Así que serán, literalmente, de todos.


   
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